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INFORMACIÓ PÚBLICA DEL PROJECTE D'ORDE DE BASES PER LA QUAL S'APROVEN LES BASES REGULADORES DE LA CONCESSIÓ DE SUBVENCIONS DELS PROGRAMES ESCOLES TALLERS, TALLERS D'OCUPACIÓ I ALTRES PROGRAMES PÚBLICS MIXTOS D'OCUPACIÓ-FORMACIÓ

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actualitzada el 25 Mar 2024
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Artículo 10. Programa Talento Joven Garantía Juvenil 1. Se configura como un programa propio de la Comunitat Valenciana, susceptible de cofinanciación por la Unión Europea a través los Programas Regionales del Fondo Social Europeo dentro de cada período de programación, en la actualidad dentro del Programa Comunitat Valenciana Fondo Social Europeo Plus 2021-2027 (FSE+), en el marco del Plan Garantía Juvenil Plus, se trata de un programa público mixto de empleo-formación específico para personas inscritas beneficiarias del Sistema Nacio-nal de Garantía Juvenil. Las personas destinatarias de este programa serán jóvenes mayores de 16 años y menores de 30 que deberán estar inscritas y figurar como beneficiarias activas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que constituye el sistema oficial de información y seguimiento sobre la implementación de la Garantía Juvenil en España, y como tal, la lista única de demanda y el soporte para la inscripción de las personas interesadas en las acciones ejecutadas en el contexto de la Garantía Juvenil. Las personas destinatarias, además de los requisitos mínimos, deberán cumplir los requisitos recogidos en la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competi-tividad y la eficiencia, para beneficiarse de una acción derivada del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. 2. Los proyectos tendrán una duración de doce meses. En los proyectos las personas participantes se-rán contratadas desde el inicio por las entidades beneficiarias utilizando exclusivamente el contrato de formación en alternancia y recibirán desde el inicio formación en alternancia con el trabajo o la práctica profesional que estará dirigida al aprendizaje, la cualificación y adquisición de experiencia profesional, a cuyos efectos se dedicará a formación teórica un mínimo del 35 %. Los proyectos deberán desarrollar especialidades dirigidas a la obtención de certificados profesionales completos. 3. Las convocatorias podrán establecer que los proyectos se adecúen a alguna de las siguientes posibili-dades o bien a una combinación de ambas: a) Un itinerario formativo con la impartición consecutiva de un certificado profesional de un nivel y otro del siguiente nivel de la misma familia y área profesional. En este caso, constituirá causa justa de finaliza-ción del contrato, que el alumnado no supere el certificado profesional de nivel inferior, en cuyo caso podrá ser sustituido por nuevo alumnado que cumpla los requisitos de acceso al certificado de nivel superior, durante los primeros 5 días lectivos de impartición del mismo. b) Un solo certificado profesional de nivel 2 o 3.

Comentaris (1)

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  • M
    MSR  •  Autor/a  •  28/03/2024 10:07:38

    durante los primeros 10 días lectivos de impartición del mismo considerando que los procesos de selección de alumnado se dilatan mucho.

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