Descripció
D'acord amb el que establixen els articles 14 i 16 de la Llei 4/2023, de 13 d'abril, de participació ciutadana i foment de l'associacionisme de la Comunitat Valenciana, se sotmet a informació pública el projecte de decret del Consell pel qual es modifica el Decret 80/2025, de 3 de juny, sobre indemnitzacions per raó del servici i gratificacions per servicis extraordinaris, durant un termini de quinze dies naturals comptats a partir de l'endemà de la publicació del present anunci en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, amb l'objectiu de donar audiència a tota la ciutadania del text del projecte i recollir les seues aportacions.
El text del projecte normatiu podrà ser consultat en la pàgina web de la Conselleria d’Economia, Hisenda i Administració Pública,
https://hisenda.gva.es/va/audiencia-publica/procesos-abiertos, així com en l'apartat d'elaboració normativa del portal de participació de la Generalitat (https://gvaparticipa.gva.es) on, a més, es podrà consultar la informació referent els problemes que es pretenen solucionar amb la iniciativa, la necessitat i oportunitat de la seua aprovació, els seus objectius, així com les possibles solucions alternatives regulatòries i no regulatòries al projecte.
Les al·legacions, suggeriments o observacions es realitzaran, preferentment, a través de l'esmentat portal de participació, si bé podran remetre's, així mateix, a l'adreça de correu electrònic coordinacionjuridica_presupuestos@gva.es.
Per a l'adequada interpretació, valoració i, si escau, incorporació de les aportacions a la iniciativa normativa a què es fa referència, estes s'hauran de plantejar de manera concreta, fonamentant les raons que les sustenten.
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PROYECTO DE DECRETO XXX/26, DE XXX DE 2026, DEL CONSELL, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 80/2025, DE 3 DE JUNIO, DEL CONSELL, SOBRE INDEMNIZACIONES POR RAZÓN DEL SERVICIO Y GRATIFICACIONES POR SERVICIOS EXTRAORDINARIOS
PREÁMBULO
La Ley 4/2021, de 16 de abril, de la función pública valenciana regula en su artículo 87.2.d, en calidad de concepto retributivo complementario, las gratificaciones por servicios extraordinarios y en el artículo 89 las indemnizaciones por razón de servicio que puede percibir el personal funcionario en el desarrollo de sus funciones.
Desde la aprobación del Decreto 80/2025, de 3 de junio, del Consell, sobre indemnizaciones por razón del Servicio y gratificaciones por servicios extraordinarios, se han apreciado diversas disfunciones que han impedido, en ocasiones, la correcta aplicación al personal de la Generalitat de los mencionados conceptos.
Por ello, resulta pertinente la modificación del apartado 4 del artículo 7 del Decreto, con el fin de corregir, precisar y clarificar el abono del subconcepto “Otros Gastos”.
En segundo lugar, se modifica el artículo 7.3 para que el personal empleado público comisionado, que tenga asignada una jornada laboral ordinaria superior a 9 horas continuadas de trabajo en un mismo día, puedan percibir la dieta de restauración también dentro del término municipal en el que radique su puesto de trabajo, con las limitaciones y en los casos previstos en el decreto.
Se incluye, además un cambio de carácter técnico para adaptar la norma a los sistemas informáticos modificando el artículo 7.3.b.
De acuerdo con las propuestas recibidas desde las consellerias de Sanidad y de Emergencias e Interior se añade un nuevo apartado en el artículo 2.1, con la adición de una nueva letra para incluir las solicitudes de acreditación de actividades formativas, por designación de la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias de la Comunitat Valenciana.
En último lugar, se modifica el Anexo en el apartado C) Asistencias, incluyendo en el subapartado c), relativo a la participación de procesos de aprendizaje, la modificación de diversos importes, así como, la adición de un nuevo epígrafe referente al personal colaborador. También, se añade en el apartado C) un nuevo subapartado e) para añadir un nuevo tipo de asistencia relativo a la evaluación de solicitudes de acreditación de actividades formativas
El proceso de elaboración del decreto se ha adecuado a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia que se establecen en el artículo 59 de la Ley 1/2022, de 13 de abril, de Transparencia y Buen Gobierno de la Comunitat Valenciana, dado que su aprobación resulta necesaria para incluir, en el régimen de indemnización por razón del servicio y gratificaciones por servicios extraordinarios del personal al servicio de la Generalitat, las modificaciones técnicas necesarias para la mejora de la gestión, así como para la inclusión de nuevos supuestos de indemnización.
Además, en cuanto al principio de eficacia, el decreto cumple con el objetivo que se marca, que no es otro que la mejora en la regulación del pago de las dietas por parte de los diversos departamentos de la Administración de la Generalitat, así como la inclusión de modificaciones en relación con las asistencias por la participación en procesos de aprendizaje. Por último, el decreto no genera nuevas cargas administrativas para la ciudadanía, razón por la cual cumple también con el principio de eficiencia.
En su tramitación se han observado el resto de las exigencias previstas en la normativa y, en especial, en el Decreto 24/2009, de 13 de febrero, del Consell, sobre la forma, la estructura y el procedimiento de elaboración de los proyectos normativos de la Generalitat.
Por todo ello, de acuerdo con lo que establecen los artículos 18.f, 28.c y 43 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, a propuesta del conseller de Economía, Hacienda y Administración Pública, oído/conforme con el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana, con la deliberación previa del Consell en la reunión del día de diciembre de 2026,
DECRETO
Artículo único. Modificación de los artículos 2.1 y 7 y del apartado c) del anexo del Decreto 80/2025, de 3 de junio, del Consell sobre indemnizaciones por razón del servicio y gratificaciones por servicios extraordinarios.
Se modifican los artículos 2.1 y 7 y el apartado c) del anexo del Decreto 80/2025, de 3 de junio, del Consell, sobre indemnizaciones por razón del servicio y gratificaciones por servicios extraordinarios en los términos recogidos en el anexo del presente Decreto.
DISPOSICION FINAL
Disposición final Única. Entrada en vigor
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
ANEXO
Modificación del Decreto 80/2025, de 3 de junio, del Consell sobre indemnizaciones por razón del servicio y gratificaciones por servicios extraordinarios.
Uno. Se modifica el artículo 2.1. mediante la adición de un nuevo apartado g), con la siguiente redacción:
«g) Evaluación de las solicitudes de acreditación de actividades formatives, por designación de la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias de la Comunitat Valenciana.»
Dos. Se da una nueva redacción al artículo 7, que queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 7. Dietas.
Tres. Se modifica en el anexo el apartado C) Asistencias, subapartado c) Participación en procesos de aprendizaje, que queda redactado como sigue:
«c) Participación en procesos de aprendizaje.
Cuatro. Se añade en el anexo en el apartado C) Asistencias, un nuevo subapartado e) con la siguiente redacción:
«e) Evaluación de solicitudes de acreditación de actividades formativas: 20 euros/evaluación.»
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