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AUDIÈNCIA CIUTADANA PLA DE RECUPERACIÓ I RECONSTRUCCIÓ PER A LA ZONA AFECTADA PER LA DANA

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actualitzada el 17 Jul 2025
Comentaris sobre
E.2.3. Crear la Agencia Estatal del Agua

Comentaris (1)

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  • CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR, O.A.

    En la propuesta de creación de una Agencia Estatal del Agua, se produce una injerencia competencial. No corresponde a la GVA acordar la creación de una Agencia Estatal, entidad de Derecho público, dotada de personalidad jurídica pública, patrimonio propio y autonomía en su gestión, facultada para ejercer potestades administrativas, y que es creada por el Gobierno para el cumplimiento de los programas correspondientes a las políticas públicas que desarrolle la AGE en el ámbito de sus competencias (artículo 108.bis de la Ley 40/2015). En ese sentido, debe recordarse que son nulos de pleno derecho los actos dictados por órgano manifiestamente incompetente por razón de la materia o del territorio (artículo 47.1.b. de la Ley 39/2015).
    Se solicita, en consecuencia, la eliminación de la iniciativa E.2.3.

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