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AUDIÈNCIA CIUTADANA PLA DE RECUPERACIÓ I RECONSTRUCCIÓ PER A LA ZONA AFECTADA PER LA DANA

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actualitzada el 17 Jul 2025
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E.2.1. Crear una Mesa Técnica de Coordinación para la gestión del Plan de Gestión de Riesgo de Inundación

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  • CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR, O.A.

    El PGRI es elaborado por el Organismo de cuenca que, tras la consulta y el consenso con las distintas Administraciones competentes, y coordinadamente con las autoridades de Protección Civil, integra en el PGRI los programas de medidas elaborados por dichas Administraciones, garantizando la adecuada coordinación entre los mismos para alcanzar los objetivos del PGRI (artículo 13 del Real Decreto 903/2010). Tras el periodo de información y consulta pública, así como la evaluación ambiental que se realiza paralelamente, es finalmente aprobado por el Gobierno, en reunión del Consejo de Ministros.
    Por tanto, siendo un Plan aprobado por el Gobierno, la gestión del mismo corresponde a la AGE. La coordinación con las Administraciones afectadas se garantiza a lo largo del procedimiento de aprobación. No se considera conforme con el ordenamiento jurídico (Directiva 2007/60) la creación de esta Mesa.
    Se solicita, en consecuencia, la eliminación de la iniciativa E.2.1.

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