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Proyecto de Decreto del Consell, por el que se establecen los currículos de los ciclos formativos de grado medio y de grado superior de Formación Profesional, en aplicación de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional.
ÍNDICE
PREÁMBULO
Artículo 1. Objeto
Artículo 2. Ámbito de aplicación
Artículo 3. Currículo
Artículo 4. Estructura de los ciclos formativos
Artículo 5. Proyecto Intermodular
Artículo 6. Inglés profesional
Artículo 7. Formación en empresa u organismo equiparado
Artículo 8. Proyecto curricular de ciclo
Artículo 9. Programación didáctica de módulo profesional
Artículo 10. Oferta bilingüe
Artículo 11. Autonomía de los centros
Artículo 12. Profesorado
Artículo 13. Espacios y equipamiento
DISPOSICIONES ADICIONALES
Única. Incidencia en las dotaciones de gasto
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera. Transición entre planes de estudio
Segunda. Títulos en extinción
DISPOSICIÓNES DEROGATORIAS
Primera. Derogación de títulos LOE
Segunda. Otras normas
DISPOSICIONES FINALES
Única. Entrada en vigor
ANEXO I. Secuenciación y horario GM
ANEXO II. Secuenciación y horario GS
ANEXO III. 0156 Inglés profesional (GM)
ANEXO IV. 0179 Inglés profesional (GS)
ANEXO V. 1709 Itinerario personal para la empleabilidad I
ANEXO VI. 1710 Itinerario personal para la empleabilidad II
ANEXO VII. 1664 Digitalización aplicada a los sectores productivos (GM)
ANEXO VIII. 1665 Digitalización aplicada a los sectores productivos (GS)
ANEXO IX. 1708 Sostenibilidad aplicada al sistema productivo
ANEXO X: MÓDULOS OPTATIVOS
ANEXO X-I: MÓDULO: INGLÉS ORAL PARA ENTORNOS PROFESIONALES
ANEXO X-II. FAMILIA PROFESIONAL AGRARIA
MÓDULO: INSTALACIONES DE RIEGO EN EL AMBITO AGROFORESTAL
MÓDULO: GESTIÓN Y PLANIFICACIÓN DE OBRAS AGROFORESTALES Y DE JARDINERÍA
MÓDULO: PODA EN ALTURA
ANEXO X-III. FAMILIA PROFESIONAL: ACTIVIDADES FÍSICAS Y DEPORTIVAS
MÓDULO: FITNESS EN SALA DE ENTRENAMIENTO POLIVALENTE
MÓDULO: ACTIVIDADES FÍSICO-DEPORTIVAS PARA LA INCLUSIÓN SOCIAL
MÓDULO: METODOLOGÍA DE LA INICIACIÓN ACUÁTICA
ANEXO X-IV. FAMILIA PROFESIONAL ADMINISTRACION Y GESTION
MÓDULO: GESTIÓN FINANCIERA ESTRATÉGICA Y TECNOLOGÍAS EMERGENTES
MÓDULO: DINAMIZACIÓN DE REDES SOCIALES EN LAS PYMES Y GESTIÓN DEL COMERCIO ELECTRÓNICO
MÓDULO: GESTIÓN DE PROCESOS DIGITALES
ANEXO X-V. FAMILIA PROFESIONAL: ARTES GRÁFICAS
MÓDULO: IMPRESIÓN GRAN FORMATO Y ROTULACIÓN
MÓDULO: MODELAJE E IMPRESIÓN EN 3D
MÓDULO: FABRICACIÓN DE TROQUELES, MECANIZADOS Y FOTOGRABADOS GS
ANEXO X-VI. FAMILIA PROFESIONAL: ARTES Y ARTESANÍAS
MÓDULO: PROYECTO DE MAQUINARIA ESCÉNICA EN GIRA, COORDINACIÓN DE MONTAJE Y SERVICIO DE FUNCIÓN.
MÓDULO: MODELADO, LAMINADO E IMPRESIÓN 3D.
MÓDULO: DECORACIÓN DE SUPERFICIES CON EQUIPOS AEROGRÁFICOS.
ANEXO X-VII. FAMILIA PROFESIONAL: COMERCIO Y MARKETING
MÓDULO: OFIMÁTICA EN LA GESTIÓN ECONÓMICA Y COMERCIAL DE UNA EMPRESA
MÓDULO: DISEÑO Y DESARROLLO WEB CON WORDPRESS
MÓDULO: INTELIGENCIA ARTIFICIAL PARA EL MARKETING Y EL COMERCIO
ANEXO X-VIII. FAMILIA PROFESIONAL: EDIFICACIÓN Y OBRA CIVIL
MÓDULO: TECNOLOGÍAS BIM
MÓDULO: CONSTRUCCIONES PREFABRICADAS E INDUSTRIALES
MÓDULO: TÉCNICAS DE CONSTRUCCIÓN SOSTENIBLE
ANEXO X-IX. FAMILIA PROFESIONAL: ELECTRICIDAD Y ELECTRÓNICA
MÓDULO: OPERACIONES DE MONTAJE Y MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES SOLARES FOTOVOLTAICAS
MÓDULO: APLICACIONES DE IOT
MÓDULO: PROGRAMACIÓN CON INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN SISTEMAS ELECTRÓNICOS Y AUTOMÁTICOS
ANEXO X-X. FAMILIA PROFESIONAL ENERGÍA Y AGUA
MÓDULO: INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO E INNOVACIÓN EN ENERGÍA Y AGUA
MÓDULO: AGUA INDUSTRIAL
MÓDULO: INICIACIÓN A LA TOMA DE DATOS Y MEDICIONES DE CONSUMOS ENERGÉTICOS
ANEXO X-XI. FAMILIA PROFESIONAL: FABRICACIÓN MECÁNICA
MÓDULO: TÉCNICAS DE UNIÓN Y MONTAJE EN FABRICACIÓN MECÁNICA
MÓDULO: MONTAJE Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO INDUSTRIAL.
MÓDULO: FABRICACIÓN ADITIVA.
ANEXO X-XII. FAMILIA PROFESIONAL: HOSTELERÍA Y TURISMO
MÓDULO: DINAMIZACIÓN DE LA OFERTA DE PRODUCTOS SELECTOS, BEBIDAS Y VINOS SIGNIFICATIVOS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
MÓDULO: CREACIÓN Y GESTIÓN DE CONTENIDOS TURÍSTICOS Y GASTRONÓMICOS
MÓDULO: GEOGRAFÍA INTERNACIONAL DEL SABOR
ANEXO X-XIII. FAMILIA PROFESIONAL: IMAGEN PERSONAL
MÓDULO: PELUQUERÍA PARA EVENTOS SOCIALES Y DE MODA
MÓDULO: BELLEZA DE LA MIRADA
MÓDULO: MAQUILLAJE SOCIAL Y MEDIOS AUDIOVISUALES
ANEXO X-XIV. FAMILIA PROFESIONAL: IMAGEN Y SONIDO
MÓDULO: TALLER DE NARRATIVAS
MÓDULO : TALLER DE PRESENTACIÓN DE UN PROYECTO ARTÍSTICO
MÓDULO: TALLER DE REDACCIÓN DE CONTENIDOS DIGITALES
ANEXO X-XV. FAMILIA PROFESIONAL: INDUSTRIAS ALIMENTARIAS
MÓDULO: PROFUNDIZACIÓN TECNOLÓGICA: FERMENTACIONES Y PRODUCTOS DERIVADOS
MÓDULO: PROFUNDIZACIÓN NUTRICIÓN
MÓDULO: PROFUNDIZACIÓN ASESORIA NORMATIVA
ANEXO X-XVI FAMILIA PROFESIONAL: INDUSTRIAS EXTRACTIVAS
MÓDULO: PLANTAS DE TRATAMIENTO DE ÁRIDOS
MÓDULO: CONOCIMIENTO Y TÉCNICAS DEL ARTE DE CONSTRUIR MUROS EN PIEDRA SECA
ANEXO X-XVII. FAMILIA PROFESIONAL INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES
MÓDULO: INTRODUCCIÓN A LA NUBE PÚBLICA
MÓDULO: INTRODUCCIÓN A LA PROGRAMACIÓN
MÓDULO: SISTEMAS DE GESTIÓN EMPRESARIAL ACTUALES
ANEXO X-XVIII FAMILIA PROFESIONAL: INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO
MÓDULO: REGULACIÓN Y CONTROL PRÁCTICOS EN INSTALACIONES TÉRMICAS Y DE FLUIDOS
MÓDULO: FABRICACIÓN MECÁNICA EJECUCIÓN DE PROCESOS DE FABRICACIÓN
MÓDULO: ROBÓTICA INDUSTRIAL
ANEXO X-XIX. FAMILIA PROFESIONAL: MADERA. MUEBLE Y CORCHO
MODULO: RESTAURACIÓN DE MOBILIARIO
MÓDULO: TECNOLOGÍA DIGITAL EN EL DISEÑO Y MODELADO
MÓDULO: FABRICACIÓN ADITIVA APLICADA AL SECTOR DE LA MADERA Y EL MUEBLE
ANEXO X-XX. FAMILIA PROFESIONAL: QUÍMICA
MÓDULO: GENERACIÓN Y ALMACENAMIENTO DE ENERGÍAS RENOVABLES
MÓDULO: TECNOLOGÍAS AVANZADAS DE FABRICACIÓN DE PRODUCTOS DE CONSUMO Y DE CONSUMO MASIVO
MÓDULO: MICROBIOLOGÍA Y BIOTECNOLOGÍA AVANZADAS APLICADAS A LA INDUSTRIA
ANEXO X-XXI. FAMILIA PROFESIONAL: SANIDAD
MÓDULO: ATENCIÓN INICIAL EN URGENCIAS Y EMERGENCIAS
MÓDULO: HERRAMIENTAS PARA LA INVESTIGACIÓN
MÓDULO: PROMOCIÓN DE LA SALUD Y ATENCIÓN DE PERSONAS EN EL SECTOR SANITARIO
ANEXO X-XXII. FAMILIA PROFESIONAL: SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE
MÓDULO: MANTENIMIENTO ÓPTIMO DE ESPACIOS, INSTALACIONES, RECURSOS Y HERRAMIENTAS EN EL TRABAJO DIARIO.
MÓDULO: IDENTIFICAR Y APLICAR MEDIDAS MEDIOAMBIENTALES PARA MINIMIZAR EL IMPACTO DE UNA CATÁSTROFE EN EL MEDIO AMBIENTE Y FAVORECER DE MANERA RÁPIDA LA VUELTA AL ECOSISTEMA PREEXISTENTE.
MÓDULO: APLICACIONES SIG PARA LA FAMILIA DE SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE
ANEXO X-XXIII: FAMILIA PROFESIONAL: SERVICIOS SOCIOCULTURALES Y A LA COMUNIDAD
MÓDULO: ACOMPAÑAMIENTO A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN LA REALIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES PROGRAMADAS
MÓDULO: COMUNICACIÓN PROFESIONAL
MÓDULO: ACTIVIDADES DE OCIO Y TIEMPO LIBRE PARA LA INCLUSIÓN SOCIAL
ANEXO X-XXIV. FAMILIA PROFESIONAL TEXTIL, CONFECCIÓN Y PIEL
MÓDULO: ELABORACIÓN DE DOCUMENTACIÓN TÉCNICA EN EL PROCESO DE DISEÑO Y PRODUCCIÓN.
MÓDULO PROFESIONAL: TÉCNICAS DE ALMACENAJE TEXTIL.
MÓDULO: DISEÑO DE TEJIDOS DE CALADA Y ESTAMPACIÓN.
ANEXO X-XXV. FAMILIA PROFESIONAL: TRANSPORTE Y MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS
MÓDULO: CREACIÓN DE PODCASTS Y VIDEOS PARA PUBLICACIONES EN REDES SOCIALES
MÓDULO: PERITACIÓN DE DAÑOS Y REALIZACIÓN DE PRESUPUESTOS.
MÓDULO PROFESIONAL: ASISTENCIA Y RESCATE
PREÁMBULO
El Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana establece en su artículo 53 que es de competencia exclusiva de la Generalitat la regulación y administración de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, en el ámbito de sus competencias.
La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional tiene por objeto la constitución y ordenación de un sistema único e integrado de formación profesional.
El Real Decreto 278/2023, de 11 de abril, establece el calendario de implantación del Sistema de Formación Profesional derivado de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo. En su artículo 11, establece que en el año académico 2024-2025 se completará la implantación del primer curso de todos los ciclos formativos, y en 2025-2026 la implantación de los segundos cursos.
El Real Decreto 659/2023, de 18 de julio desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional. En su artículo 7.2, se atribuye a la Administración Educativa la facultad para establecer los currículos de los grados medio y superior, respetando en todo caso los elementos contemplados en el currículo básico.
El Real Decreto 499/2024, de 21 de mayo y el Real Decreto 500/2024, de 21 de mayo, modifica los reales decretos que establecen los títulos de Formación Profesional de grado medio y superior, y fijan sus enseñanzas mínimas.
Ambos reales decretos están modificados por las disposiciones finales segunda y tercera del Real Decreto 565/2024, de 18 de junio, por el que se establece el Curso de especialización de Formación Profesional de Grado Superior en Comercio electrónico y se fijan los aspectos básicos del currículo, asignando a un perfil de persona experta del sector productivo la docencia de determinados módulos profesionales.
En la definición de los nuevos contenidos se han tenido en cuenta las características educativas, socioproductivas y laborales de la Comunitat Valenciana con el fin de dar respuesta a las necesidades generales de cualificación de los recursos humanos para su incorporación a la estructura productiva de la Comunitat Valenciana, sin perjuicio alguno a la movilidad del alumnado.
El contenido de este decreto se ajusta a los principios de buena regulación contenidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, en tanto que persigue el interés general al facilitar la adecuación de la oferta formativa a la nueva regulación estatal, ampliando la oferta de Formación Profesional y avanzando en la integración de la Formación Profesional en el conjunto del sistema educativo y formativo.
Basándose en el principio de necesidad, el desarrollo curricular está plenamente justificado para regular estas nuevas enseñanzas de Formación Profesional vinculadas a los títulos mencionados en el ámbito de esta comunidad autónoma, ampliando y contextualizando los contenidos de los módulos profesionales, respetando el perfil profesional de los mismos.
Resulta asimismo coherente con el ordenamiento jurídico permitiendo una gestión más eficiente de los recursos públicos, con la intención de mantener un marco normativo estable, predecible, integrado y claro, dando cumplimiento con ello al principio de seguridad jurídica.
Se completa así eficaz y eficientemente, el marco legal establecido por los reales decretos por los que se establecen los mencionados títulos y sus enseñanzas mínimas, introduciendo la regulación adecuada e imprescindible, que establece las obligaciones necesarias a fin de atender el objetivo que se pretende conseguir, siguiendo el principio de proporcionalidad.
En aplicación del principio de transparencia, se ha dado publicidad a la iniciativa normativa y a los documentos propios del proceso de elaboración, se ha sometido el expediente a información y audiencia pública, y se ha publicado el anuncio correspondiente en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana en cumplimiento del artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Se ha prestado especial atención a las áreas prioritarias, mediante la definición de contenidos de prevención de riesgos laborales, que permitan que todo el alumnado pueda obtener el certificado de técnico o técnica en Prevención de Riesgos Laborales, Nivel Básico, expedido de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, e incorporando en el currículo formación en la lengua inglesa para facilitar su movilidad profesional a cualquier país europeo.
Las modificaciones introducidas en estos currículos requieren una posterior concreción en las programaciones que el equipo docente ha de elaborar, las cuales han de incorporar el diseño de actividades de aprendizaje y el desarrollo de actuaciones flexibles que, en el marco de la normativa que regula la organización de los centros, posibiliten adecuaciones particulares del currículo en cada centro docente de acuerdo con los recursos disponibles, sin que en ningún caso afecten a la competencia general de los títulos objeto de regulación.
La implantación de los currículos regulados por el presente decreto tendrá lugar a partir del curso 2024-2025 para los módulos de primer curso y a partir de 2025-2026 para los módulos de segundo curso.
Por tanto, al amparo de lo previsto en el artículo 18.f) de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, a propuesta del conseller de Educación, Cultura, Universidades y Empleo en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 38/2025, de 4 de marzo, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, oído el Consejo Valenciano de Formación Profesional, consultados los agentes sociales, con informe de la Abogacía General de la Generalitat, oído/conforme con el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana, y previa deliberación del Consell, en la reunión de 202_,
DECRETO
Artículo 1. Objeto
Criterios y procedimientos para la evaluación del desarrollo de la programación y de la práctica docente.
Artículo 10. Oferta bilingüe
Ciclos bilingües
Docencia de módulos en inglés
Docencia del proyecto en inglés
Requisitos de este profesorado
Para ofertar un ciclo formativo con carácter bilingüe será necesario impartir al menos un módulo profesional en idioma extranjero (inglés o francés) en cada curso que compone el ciclo.
La carga lectiva semanal para estos módulos será la misma que para la oferta en castellano.
En el caso de oferta bilingüe en inglés, el módulo profesional de Inglés Profesional deberá ser impartido en inglés en su totalidad.
a) Los ciclos que cuenten con el módulo profesional de Inglés Profesional de menos de 120h de formación deberán completar al menos esas 120 horas en idioma extranjero. En estos casos, un módulo profesional impartido en segundo curso deberá vehicularse en inglés pudiendo añadir el horario reservado para el módulo optativo hasta completar las mencionadas 120 horas.
b) Los ciclos que cuenten con el módulo de Inglés Profesional de más de 120 horas anuales, podrán vehicular otro módulo en el segundo curso pudiendo hacer uso o no del horario reservado para el módulo optativo.
En el caso de oferta bilingüe en francés, el centro podrá proponer la reducción del módulo profesional de Inglés Profesional a su duración básica (50 horas) e incorporar el módulo profesional de Segunda Lengua Extranjera. En este caso, el módulo de Inglés Profesional tendrá una duración de una hora y el de Segunda Lengua Extranjera el resto de horas que tuviera el Inglés Profesional.
Independientemente de las horas asignadas a Inglés Profesional según el tipo de ciclo, deberán completar junto a las horas del módulo de Segunda Lengua Extranjera las 120 horas en idioma extranjero. En estos casos, un módulo profesional impartido en segundo curso deberá vehicularse en francés pudiendo añadir el horario reservado para el módulo optativo hasta completar las mencionadas 120 horas si fuera necesario.
Para el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, en particular aquellos que puedan presentar dificultades de comprensión y expresión orales, se podrán establecer medidas de flexibilización y alternativas metodológicas en lengua española en los procesos de enseñanza-aprendizaje de módulos profesionales en lengua extranjera. Estas adaptaciones, en ningún caso, se tendrán en cuenta para minorar las calificaciones obtenidas.
El profesorado que asuma la docencia de los módulos profesionales en oferta bilingüe deberá contar con la acreditación establecida en la normativa vigente.
El profesorado que imparta módulos profesionales en lengua extranjera distintos del Inglés o Francés profesional tendrá asignadas, en su horario individual dos horas lectivas semanales para su preparación en el caso de impartir un módulo, o tres horas en el caso de impartir dos módulos.
Artículo 11. Autonomía de los centros
Los centros que impartan las enseñanzas reguladas en el presente decreto dispondrá de la necesaria autonomía pedagógica, de organización y de gestión económica para el desarrollo de las actividades formativas y su adaptación a las características concretas del entorno socioeconómico, cultural y profesional, con la supervisión de la Inspección de Educación.
En el marco general del proyecto educativo, en función de las características de su entorno productivo y en uso de su autonomía pedagógica, los centros concretarán y desarrollarán las medidas organizativas y curriculares más adecuadas a las características de su alumnado y de su entorno productivo, de manera flexible mediante la elaboración de las programaciones didácticas de cada uno de sus módulos profesionales.
Se potenciará o creará la cultura de prevención de riesgos laborales en los espacios donde se impartan los diferentes módulos profesionales, así como una cultura de respeto ambiental, trabajo de calidad realizado conforme a las normas de calidad, creatividad, innovación, igualdad de género, respeto a cualquier diversidad, promoción de la igualdad de oportunidades y el diseño para todas las personas y la accesibilidad universal.
La conselleria con competencias en materia de Educación favorecerá la elaboración de proyectos de innovación, así como de modelos de programación docente y de materiales didácticos, que faciliten al profesorado el desarrollo del currículo, prestando especial atención al aprendizaje basado en retos, por lo que los ciclos formativos se impartirán con una metodología flexible, basada en el autoaprendizaje, adaptada a las capacidades y necesidades del alumnado.
Artículo 12. Profesorado
Las especialidades del profesorado con atribución docente en los módulos profesionales y Proyecto intermodular serán las indicadas en los reales decretos que establecen los títulos de Formación Profesional, modificados por el Real Decreto 499/2024, de 21 de mayo y por el Real Decreto 500/2024, de 21 de mayo.
Los módulos de Sostenibilidad aplicada al sistema productivo y Digitalización aplicada a los sectores productivos (GM) serán impartidos por el profesorado de las especialidades con atribución docente y preferentemente por el profesorado con formación acreditada relacionada con los resultados de aprendizaje de dichos módulos.
La dirección general competente en materia de Formación Profesional, junto con la dirección general competente en materia de personal docente, determinarán la atribución docente de aquellos módulos que sean optativos.
Conforme al artículo 165.3 del Real Decreto 659/2023, las titulaciones y requisitos para impartir docencia en centros de titularidad distinta a la Generalitat, o en puestos de interinidad, serán:
Los mismos que los exigidos para el acceso a las especialidades de los cuerpos docentes de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.
Titulación universitaria vinculada al ciclo que contenga un mínimo de un 30% de créditos ECTS vinculados al ciclo formativo que se imparta.
Titulación universitaria y tres años de actividad profesional en el sector vinculado a la familia profesional del ciclo formativo que se imparta.
Las direcciones territoriales de Educación establecerán el procedimiento de autorización o verificación de la titulación del profesorado que estimen conveniente, dentro del ámbito de sus competencias.
En caso de contar con otros perfiles colaboradores, estos se adecuarán a los requisitos del capítulo IV del título V del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio.
Artículo 13. Espacios y equipamiento
Los espacios y equipamientos que deben reunir los centros de formación profesional para permitir el desarrollo de las actividades de enseñanza son los establecidos en los reales decretos que establecen los títulos de Formación Profesional, sin perjuicio del cumplimiento de cualesquiera otras normas vigentes en materia de espacios y equipamientos.
DISPOSICIONES ADICIONALES
Única. Incidencia en las dotaciones de gasto
La implementación y posterior desarrollo de este decreto deberá ser atendida con los medios personales y materiales de la conselleria competente en estas enseñanzas de Formación Profesional, en la cuantía que prevean los correspondientes presupuestos anuales.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera. Transición entre planes de estudio
Para superar los módulos de primer curso de los ciclos LOE en extinción, se dispondrá hasta el curso 2025-2026. En caso de no superar los módulos pendientes, en el curso siguiente 2026-2027 continuará obligatoriamente sus estudios en el nuevo ciclo equivalente implantado.
Para superar los módulos de segundo curso de los ciclos LOE en extinción se dispondrá hasta el curso 2026-2027.
En caso de no superar los módulos pendientes, las personas que no hayan superado los módulos continuarán sus estudios en el nuevo ciclo equivalente implantado, sin perjuicio de las convalidaciones a que hubiera lugar por cambio de plan de estudios, en cuyo caso serán de aplicación las convalidaciones establecidas en el Capítulo VI del título II del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio y posterior norma básica de desarrollo.
Segunda. Títulos en extinción
En tanto sigan impartiéndose los títulos LOE en extinción, les continuará siendo de aplicación la normativa de establecimiento de los mismos y respectivos currículos, y resto de normativa en materia de ordenación académica aplicable.
DISPOSICIÓNES DEROGATORIAS
Primera. Derogación de títulos LOE
Quedan derogadas las siguientes disposiciones que establecen los correspondientes títulos en la Comunitat Valenciana:
Orden de 29 de julio 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de Grado Medio correspondiente al título de Técnico en Aceites de Oliva y Vinos.
Decreto 100/2017, de 21 de julio, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico/a en Actividades Comerciales.
Decreto 35/2017 de 10 de marzo, del Consell, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico/a en Aprovechamiento y Conservación del Medio Natural.
Orden 30/2015, de 13 de marzo, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de Grado Medio correspondiente al título de Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia.
Decreto 119/2017, de 8 de septiembre, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico o Técnica en Calzado y Complementos de Moda.
Orden 59/2015, de 27 de mayo, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Carpintería y Mueble.
Orden de 29 de julio 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de Grado Medio correspondiente al título de Técnico en Carrocería.
Orden de 29 de julio de 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de Grado Medio correspondiente al título de Técnico en Cocina y Gastronomía.
Decreto 56/2024, de 20 de mayo, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de técnico o técnica en Comercialización de Productos Alimentarios.
Decreto 99/2017, de 21 de julio, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico/a en Conducción de Vehículos de Transporte por Carretera.
Orden de 29 de julio 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de Grado Medio correspondiente al título de Técnico en Confección y Moda.
Decreto 155/2017, de 6 de octubre, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico o Técnica en Conformado por Moldeo de Metales y Polímeros.
Orden 54/2015, de 15 de mayo, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Construcción.
Orden 59/2012, de 5 de septiembre, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Elaboración de Productos Alimenticios.
Decreto 101/2017, de 21 de julio, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico/a en Electromecánica de Maquinaria.
Orden 57/2012, de 5 de septiembre, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Electromecánica de Vehículos Automóviles.
Orden de 29 de julio de 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de Grado Medio correspondiente al título de Técnico en Emergencias Sanitarias.
Decreto 174/2022 de 21 de octubre, del Consell, por el cual se establece para la Comunitat Valenciana el currículum del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de técnico o técnica en Emergencias y Protección Civil.
Decreto 158/2017, de 6 de octubre, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico o Técnica en Estética y Belleza.
Decreto 59/2024 de 5 de junio, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico o Técnica en Excavaciones y Sondeos.
Orden 56/2012, de 5 de septiembre, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Fabricación de Productos Cerámicos.
Decreto 40/2017, de 24 de marzo, del Consell, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico/a en Fabricación y Ennoblecimiento de Productos Textiles.
Orden de 29 de julio de 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de Grado Medio correspondiente al título de Técnico en Farmacia y Parafarmacia.
Orden 37/2012, de 22 de junio, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Gestión Administrativa.
Decreto 167/2023, de 29 de septiembre, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de técnico o técnica en Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre.
Decreto 36/2017, de 10 de marzo, del Consell, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico/a en Impresión Gráfica.
Orden 35/2015, de 30 de marzo, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de Grado Medio correspondiente al título de Técnico en Instalación y Amueblamiento.
Orden 29/2013, de 23 de abril, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Instalaciones de Producción de Calor.
Orden 39/2012, de 22 de junio, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Instalaciones de Telecomunicaciones.
Orden de 29 de julio 2009, de la Conselleria de Educación por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de Grado Medio correspondiente al título de Técnico en Instalaciones Eléctricas y Automáticas.
Orden 19/2013, de 15 de abril, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Instalaciones Frigoríficas y de Climatización.
Orden 21/2013, de 15 de abril, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Jardinería y Floristería.
Decreto 171/2023, de 3 de octubre, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de técnico o técnica en Mantenimiento de Embarcaciones de Recreo.
Decreto 42/2017, de 24 de marzo, del Consell, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico/a en Mantenimiento de Material Rodante Ferroviario.
Orden 16/2015, de 5 de marzo, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Mantenimiento Electromecánico.
Decreto 15/2023, de 17 de febrero, de 2023, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de técnico o técnica en Mantenimiento y Control de la Maquinaria de Buques y Embarcaciones.
Orden de 29 de julio de 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de Grado Medio correspondiente al título de Técnico en Mecanizado.
Decreto 233/2022, de 30 de diciembre, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de técnico o técnica en Navegación y Pesca de Litoral.
Orden 12/2015, de 5 de marzo, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación.
Decreto 33/2017, de 10 de marzo, del Consell, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico/a en Operaciones de Laboratorio.
Decreto 121/2017, de 8 de septiembre, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico o Técnica en Operaciones Subacuáticas e Hiperbáricas.
Orden de 29 de julio de 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de Grado Medio correspondiente al título de Técnico en Panadería, Repostería y Confitería.
Orden 32/2015, de 13 de marzo, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Peluquería y Cosmética Capilar.
Decreto 60/2024, de 5 de junio, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de técnica o técnico en Piedra Natural.
Orden de 29 de julio 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de Grado Medio correspondiente al título de Técnico en Planta Química.
Decreto 196/2022, de 18 de noviembre, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de técnico o técnica en Postimpresión y Acabados Gráficos.
Orden 28/2015, de 12 de marzo, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Preimpresión Digital.
Orden 32/2012, de 22 de junio, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Producción Agroecológica.
Orden 38/2012, de 22 de junio, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Producción Agropecuaria.
Decreto 35/2022, de 1 de abril, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico o Técnica en Redes y Estaciones de Tratamiento de Aguas.
Orden de 29 de julio 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de Grado Medio correspondiente al título de Técnico en Servicios en Restauración.
Orden de 29 de julio 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de Grado Medio correspondiente al título de Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes.
Orden de 29 de julio 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de Grado Medio correspondiente al título de Técnico en Soldadura y Calderería.
Orden 53/2015, de 15 de mayo, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Vídeo Disc-jockey y Sonido.
Decreto 39/2023, de 24 de marzo, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico o técnica superiores en Acondicionamiento Físico.
Orden 36/2012, de 22 de junio, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red.
Orden 13/2015, de 5 de marzo, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas.
Orden 33/2012, de 22 de junio, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Agencias de Viajes y Gestión de Eventos.
Decreto 38/2022, de 8 de abril, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico o Técnica Superior en Anatomía Patológica y Citodiagnóstico.
Decreto 120/2017, de 8 de septiembre, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico o Técnica Superior en Animación Sociocultural y Turística.
Decreto 28/2017, de 3 de marzo, del Consell, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico/a Superior en Animaciones 3D, Juegos y Entornos Interactivos.
Orden 58/2015, de 27 de mayo, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Artista Fallero y Construcción de Escenografías.
Decreto 27/2017, de 3 de marzo, del Consell, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico/a Superior en Asesoría de Imagen Personal y Corporativa.
Decreto 117/2017, de 8 de septiembre, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico o Técnica Superior en Asistencia a la Dirección.
Orden de 29 de julio de 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Audiología Protésica.
Orden 15/2015, de 5 de marzo, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico superior en Automatización y Robótica Industrial.
Orden de 29 de julio 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Automoción.
Decreto 41/2017, de 24 de marzo, del Consell, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico/a superior en caracterización y maquillaje profesional.
Orden 36/2015, de 30 de marzo, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Comercio Internacional.
Orden de 29 de julio 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Construcciones Metálicas.
Decreto 52/2022, de 13 de mayo, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico o técnica superiores en Coordinación de Emergencias y Protección Civil.
Orden 58/2012, de 5 de septiembre, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma.
Orden 60/2012, de 25 de septiembre, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Web.
Orden de 29 de julio 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Desarrollo de Proyectos de Instalaciones Térmicas y de Fluidos.
Orden de 29 de julio 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Desarrollo y Fabricación de Productos Cerámicos.
Orden 32/2013, de 26 de abril, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina.
Orden 24/2013, de 21 de abril, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Servicios de Restauración.
Orden 40/2012, de 22 de junio, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Diseño en Fabricación Mecánica.
Decreto 157/2017, de 6 de octubre, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico/a Superior en Diseño Técnico en Textil y Piel.
Orden 61/2015, de 27 de mayo, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Diseño y Amueblamiento.
Decreto 22//2022, de 4 de marzo, del Consell, por el que se establece, para la Comunitat Valenciana, el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico o técnica superiores en Diseño y Edición de Publicaciones Impresas y Multimedia.
Decreto 63/2022, de 20 de mayo, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículum del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico o técnica superiores en Diseño y Gestión de la Producción Gráfica.
Orden 61/2012, de 25 de septiembre, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Diseño y Producción de Calzado y Complementos.
Decreto 41/2022 de 8 de abril, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico o Técnica Superior en Documentación y Administración Sanitarias.
Orden de 29 de julio de 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Educación Infantil.
Decreto 34/2017, de 10 de marzo, del Consell, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico/a Superior en Educación y Control Ambiental.
Orden de 29 de julio 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Eficiencia Energética y Energía Solar Térmica.
Decreto 226/2022, de 23 de diciembre, del Consell, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico o técnica superiores en Electromedicina Clínica en la Comunitat Valenciana.
Orden 60/2015, de 27 de mayo, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Energías Renovables.
Decreto 134/2022 de 7 de octubre, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico o técnica superiores en Enseñanza y Animación Sociodeportiva.
Orden 19/2015, de 5 de marzo, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Estética Integral y Bienestar.
Decreto 26/2017, de 3 de marzo, del Consell, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico/a Superior en Estilismo y Dirección de Peluquería.
Decreto 39/2022 de 8 de abril, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico o Técnica Superior en Fabricación de Productos Farmacéuticos, Biotecnológicos y Afines.
Decreto 170/2023, de 3 de octubre, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico o técnica superiores en Formación para la Movilidad Segura y Sostenible.
Decreto 40/2022, de 8 de abril, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico o Técnica Superior de Ganadería y Asistencia en Sanidad Animal.
Orden de 29 de julio de 2009, de la Conselleria de Educación por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Gestión de Alojamientos Turísticos.
Decreto 154/2017, de 6 de octubre, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico o Técnica Superior en Gestión de Ventas y Espacios Comerciales.
Decreto 195/2023, de 3 de noviembre, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico o técnica superiores en Gestión del Agua.
Orden 14/2015, de 5 de marzo, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Gestión Forestal y del Medio Natural.
Orden 34/2012, de 22 de junio, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Guía, Información y Asistencias Turísticas.
Decreto 7/2022, de 4 de febrero, del Consell, de establecimiento del currículum del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico o técnica superior en Higiene Bucodental.
Orden 42/2015, de 31 de marzo, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Iluminación, Captación y Tratamiento de Imagen.
Decreto 42/2022 de 8 de abril, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico o técnica superiores en Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear.
Decreto 29/2017, de 3 de marzo, del Consell, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico/a Superior en Integración Social.
Decreto 33/2022, de 25 de marzo, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico o técnica superiores en Laboratorio Clínico y Biomédico.
Orden de 29 de julio de 2009, de la Conselleria de Educación por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Laboratorio de Análisis y de Control de Calidad.
Orden de 29 de julio 2009, de la Conselleria de Educación. por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento de Instalaciones Térmicas y de Fluidos.
Orden 40/2015, de 31 de marzo, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico.
Decreto 156/2017, de 6 de octubre, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico o Técnica Superior en Marketing y Publicidad.
Orden 31/2015, de 13 de marzo, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mecatrónica Industrial.
Decreto 11/2023, de 3 de febrero, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico o técnica superiores en Mediación Comunicativa.
Decreto 24/2023, de 10 de marzo, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico o técnica superiores en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones.
Decreto 68 /2024, de 21 de junio, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico o Técnica superior en Organización y Control de Obras de Construcción.
Decreto 47/2022 de 29 de abril, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico o técnica superiores en Ortoprótesis y Productos de Apoyo.
Decreto 118/2017, de 8 de septiembre, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico o Técnica Superior en Paisajismo y Medio Rural.
Orden de 29 de julio 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Patronaje y Moda.
Orden 55/2012, de 5 de septiembre, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Procesos y Calidad en la Industria Alimentaria.
Orden 29/2015, de 13 de marzo, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Producción de Audiovisuales y Espectáculos.
Orden de 29 de julio de 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Programación de la Producción en Fabricación Mecánica.
Decreto 98/2017, de 21 de julio, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico/a Superior en Programación de la Producción en Moldeo de Metales y Polímeros
Decreto 43/2017, de 24 de marzo, del Consell, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico/a Superior en Promoción de Igualdad de Género.
Orden 33/2015, de 26 de marzo, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Prótesis Dentales.
Orden 18/2013, de 15 de abril, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Proyectos de Edificación.
Orden 37/2015, de 30 de marzo, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Proyectos de Obra Civil.
Orden de 29 de julio 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Química Industrial.
Decreto 168/2023, de 29 de septiembre, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico o técnica superiores en Química y Salud Ambiental.
Decreto 47/2022, de 29 de abril, del Consell, por el que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico o Técnica Superiores en Radioterapia y Dosimetría.
Orden 18/2015, de 5 de marzo, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Realización de Proyectos Audiovisuales y Espectáculos.
Orden 43/2015, de 9 de abril, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos.
Orden 20/2013, de 15 de abril, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas Electrotécnicos y Automatizados.
Orden 17/2015, de 5 de marzo, de Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sonido para Audiovisuales y Espectáculos.
Orden 41/2015, de 31 de marzo, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura.
Orden 39/2015, de 31 de marzo, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte y Logística.
Orden de 29 de julio de 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Vitivinicultura.
Segunda. Otras normas
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente norma, sin perjuicio de lo establecido en las disposiciones transitorias de este decreto.
DISPOSICIONES FINALES
Única. Entrada en vigor
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Será de aplicación a partir del curso académico 2024/2025 en primer curso del Grado D y a partir del curso académico 2025/2026 en segundo curso del Grado D.
València,
El President de la Generalitat,
Carlos Mazón Guixot
El conseller de Educación, Cultura, Universidades y Empleo
José Antonio Rovira Jover
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