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VALORACION DE LA ALTERNATIVA 0

JOAQUIN LLIDO SILVESTRE JOAQUIN LLIDO SILVESTRE  •  19/09/2024  •  Sense comentaris

Codi de la iniciativa: GVA Participa-2024-09-473

No se valora la alternativa 0 consistente en no modificar la norma vigente

La iniciativa trata de justificar la necesidad de una nueva norma, sin análisis alguno que excluya que, para alcanzar los objetivos que con ello se propone, esa (la elaboración de una nueva norma) es la única alternativa posible, esto es, que no se pueden lograr los mismos objetivos modificando sólo en lo necesario la norma ahora vigente.

El Derecho no sólo son las normas, sea cual fuera su rango, también lo es, en particular, la jurisprudencia, pero igualmente la doctrina científica y la práctica administrativa, que operan como vasos comunicantes, todo lo cual (jurisprudencia, doctrina y práctica administrativa) sólo se consigue por el paso del tiempo y las aportaciones correspondientes, es decir, sólo se consigue si se deja a las normas que sean objeto de tales pronunciamientos y eso sólo es posible si perviven porque, en particular la jursprudencia, tarda en producirse consecuencia de la duración de los procesos judiciales. Prueba de ello es que, aún hoy, 30 años después de promulgada la LRAU se siga produciendia jurisprudencia sobre ella, muchos años después de su derogación.

La permanencia de las normas es un valor que nunca se pondera cuando se acomete una reforma legal. Tampoco en este caso en el que, además, hace pocos días se ha efectuado una reforma importante del TRLOTUP vía Decreto Ley con la confesada pretensión de alcanzar los mismos objetivos para los que ahora se dice que es necesaria la nueva norma.