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Projecte de Decret, del Consell, pel qual s’estableix l’ordenació i el currículum dels ensenyaments professionals de Música

Comentaris per a la versió

actualitzada el 16 Nov 2022
Comentaris sobre
Séptima. Condiciones de formación para el profesorado que debe impartir nuevas previstas en el presente decreto 1. Sin perjuicio de lo que dicta el artículo 11, para impartir las nuevas asignaturas previstas en este decreto, la conselleria competente en educación podrá establecer condiciones de acreditación de formación específica para el profesorado que debe impartir estas asignaturas.

Comentaris (1)

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  • Asociación Profesorado Historia de la Música

    En la Séptima disposición adicional, el título contiene una errata. Debería decir “nuevas asignaturas previstas” y no “nuevas previstas”. En cuanto al contenido de esta disposición adicional, la impartición de las nuevas asignaturas queda abierta a que cualquier profesor/a pueda impartir cualquiera de estas. En ningún caso se especifica cuáles serían las titulaciones que se han de acreditar, o, en su defecto, las fórmulas de atribución, por lo esto debería clarificarse minuciosamente. Siendo este un decreto que ha de especificar estas cuestiones del currículum, parece lógico hacerlo en este momento, y no esperar a una instrucción que modifique la carga lectiva o las atribuciones de estas asignaturas, con todo lo que eso supone a nivel laboral para el profesorado, y a nivel organizativo para los centros y para la propia Conselleria.

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