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Adecuar los gastos subvencionables del Módulo C.

Amador Espinosa Amador Espinosa  •  06/02/2024  •  1

Codi de la iniciativa: GVA Participa-2024-02-222

Incluir en el módulo C todo el gasto del salario del alumnado, teniendo en cuenta la subvención concedida.

1. Las entidades están obligadas a pagar una cuota fija de la seguridad social por alumnado, independientemente de los días que estén contratados del mes. Cuando comienza un Taller de Empleo en diciembre se paga esa cuota fija, por lo que entendemos que debe ser subvencionable la totalidad de la cuota fija y no solo la parte proporcional de los días trabajados.

Según la actual orden de bases, es gasto subvencionable la totalidad de las cuotas a cargo de la entidad empleadora correspondientes a la Seguridad Social, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional establecidas para dichos contratos en su normativa específica. Pero aun así, en la justificación económica, nos minoran la parte proporcional de la SS de los días no trabajados en diciembre.


2. En la actual orden de bases se establece que los posibles incrementos que se pudieran producir en los referidos costes salariales serán de cargo de la entidad beneficiaria. Llevamos años con incremento del SMI, así que también debería estar incluido dentro del módulo del gasto del módulo C.

 

3. Que se impute el descuento de las faltas injustificadas del alumnado en subvención a razón de lo que se descuenta al alumnado de la nómina.

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  • JRGC

    o Subvencionar el 100% de los salarios y costes salariales del alumnado en toda la duración del proyecto, asumiendo las subidas del IPC interanuales.
    o El contrato de formación en alternancia no debería vincularse en estos momentos al 100% del SMI actual. La retribución es desmesurada para este tipo de contrato asociado a la formación de un certificado de profesionalidad.

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