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Comentaris sobre
(4) El alumnado que no curse enseñanzas de Religión recibirá la debida atención educativa de acuerdo con lo establecido en el apartado 5 de la disposición adicional primera del Decreto 107/2022, de 5 de agosto.”
La asignatura de Religión debe tener una atención espejo, por lo que la Atención Educativa debe ser una asignatura con contenido al igual que es la de Religión para que no se produzca un agravio en el alumnado.
La asignatura de Religión debe tener una atención espejo, por lo que la Atención Educativa debe ser una asignatura con contenido al igual que es la de Religión para que no se produzca un agravio en el alumnado.
Jo posaria la Religió com una optativa més, però crec que per això caldria canviar la llei.