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Contratación Trasporte alumnos de enseñanza secundaria

AMPA IES CAP DE LALJUB AMPA IES CAP DE LALJUB  •  24/05/2021  •  Comarques del Sud  • 

Codi de proposta d'inversió: 272 

 

Contratación de transporte para los alumnos que terminan la educación obligatoria y quieren seguir formándose en estudios postobligatorios.

El AMPA del IES Cap de A´ljub , cree que esta contratacion es realmente necesaria para los alumnos que terminan la educación obligatoria y quieren seguir formándose en estudios postobligatorios como formación profesional, programas ocupacionales, bachillerato y enseñanzas universitarias. Sobre todo, para las zonas periféricas de Santa Pola, como Playa Lisa, Gran Alacant o Pueblo Levantino, donde para estos alumnos es realmente difícil el desplazamiento hacia sus centros de estudios ubicados en Santa Pola. En el caso del barrio de Gran Alacant la vía de acceso es la nacional 332, ya que no existe ninguna red peatonal.

No debemos olvidar que las causas que motivaban que estos alumnos tuvieran derecho a autobús no desparecen al acabar la ESO, por lo que no se entiende el hecho que no se les facilita el poder seguir estudiando.

Proposat en nom de: AMPA ÍES CAP LALJUB

Informe de inviabilitat

La presente propuesta se considera inviable al amparo de lo dispuesto en el apartado 9.2 c) del Anexo I de la Resolución de 3 de mayo de 2021, de la consellera de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, por la que se establecen los requisitos, plazos, procedimiento y calendario del proceso piloto de participación ciudadana para la elaboración de los primeros presupuestos participativos de la Generalitat para el ejercicio 2022, dado que se exige que la actuación sea competencia de la Generalitat, de conformidad con lo establecido en el Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana. La propuesta se circunscribe al establecimiento de un servicio de transporte urbano entre las zonas periféricas de Santa Pola (Playa Lisa, Gran Alacant o Pueblo Levantino) y los centros de estudio ubicados en Santa Pola. La competencia para llevar a cabo la propuesta es municipal, en virtud del artículo 25 de la ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.

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  • Administrador de los presupuestos participativos #1  •  27/05/2021 09:39:35

    Hola AMPA IES CAP DE LALJUB!

    Hemos visto el proyecto que has presentado, agradecemos tu participación 👍 Informarte que se ha cambiado la ubicación a Comarques del Sud, por ser en esta área donde se ubica la propuesta.

    Gracias por participar en el GVA Participa!👍

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