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No al punto 11 y a la rebaremación incubierta

U Usuario  •  09/06/2026  •  9

Codi de la iniciativa: GVA Participa-2026-06-6280

La prioridad en la elección de horarios debe de ser por antigüedad como funcionario de carrera como dicta la orden del 92. Europa no obliga a que se modifique, es injusto para los que han opositado.
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  • C

    La elección de horarios debe seguir basándose en la antigüedad como funcionario de carrera. Es un criterio objetivo, transparente y libre de arbitrariedad. Confundir igualdad con equidad es un error: igualdad es aplicar las mismas reglas a todos; equidad es reconocer los méritos y derechos adquiridos. Cambiar este criterio sería injusto y generaría inseguridad jurídica.

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    • U
      Usuario  •  Autor/a  •  09/06/2026 11:37:11

      Totalmente de acuerdo, el esfuerzo de haber superado y aprobado una oposición con plaza no puede pasarse por alto. El criterio de elección por antigüedad como funcionario de carrera es totalmente objetivo. Cambiarlo sólo iría en detrimento de aquellos y aquellas (sobre todo jóvenes) que han obtenido plaza por oposición, y se verían los últimos en el orden por gente que en su día accedió sin ni siquiera suspender oposición, hasta por difícil cobertura. Totalmente injusto y descabellado

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      • G

        Jo també estic d’acord. S’ha de continuar respectant l’any d’accés al cos de funcionaris de carrera. La directiva mencionada no fa referència a aquest punt.

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        • L

          La elección de horarios debe seguir basándose en la antigüedad como funcionario de carrera.

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          • M

            Toda la razón, y en el caso de tener que modificarlo, se pueden buscar alternativas que no alteren tanto la prelación como puntuar haber obtenido plaza en oposición o utilizar el criterio de prelación de los maestros de destino definitivo en centro. Esté apartado es injusto, pero en caso de rebaremar también se debería hacer con las listas de interinos, ya que ahí tampoco se está aplicando la sentencia.

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              • N

                Totalmente de acuerdo. La fecha de ingreso como funcionario de carrera es un criterio más objetivo, transparente y coherente con los principios de mérito y capacidad, al estar vinculada a la superación de un proceso selectivo. Además, evita desigualdades derivadas de circunstancias ajenas al mérito personal y resulta plenamente compatible con la Directiva 1999/70/CE, al tratarse de un criterio organizativo legítimo que no implica discriminación alguna.

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                • U

                  Es un ataque a nuestros derechos. No es aplicable con carácter retroactivo. Si alguien se quiere mover de centro al menos que sepa a qué se atiene. Pero sacar esto ahora va en detrimento de quienes hemos ejercido nuestro derecho a cambiar de centro o comunidad anteriormente. Una norma no puede aplicarse con carácter retroactivo cuando esa retroactividad perjudica derechos protegidos por la Constitución

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                  • Y

                    Esta orden perjudica claramente al funcionariado de carrera con oposición aprobada. Cambiar las reglas para valorar la antigüedad incluyendo la interinidad rompe el principio de mérito, igualdad y seguridad jurídica. Además, la Unión Europea no exige este cambio ni obliga a alterar la antigüedad de forma retroactiva. Es una decisión injusta que pone en riesgo derechos ya consolidados y genera desplazamientos injustificados.

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                    • A

                      No estoy de acuerdo. Si alguien tiene inglés y menos experiencia escojerá antes que nadie. Yo sí estoy de acuerdo con la antigüedad el inglés pero no con carácter retroactivo.

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