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NO a los chiringuitos que incumplen la normativa

sentir_torre sentir_torre  •  01/04/2024  •  Sense comentaris

Codi de la iniciativa: GVA Participa-2024-04-384

Inspección, sanción y cierre en los establecimientos de comida y bebida que incumplan los pliegos técnicos.

Se ha ubicado el chiringuito de la playa de los Jesuitas en un talud bastante debilitado por las diferentes DANAs, una zona de gran valor medioambiental en un playa que posee numerosas plantas protegidas. La puesta en marcha de este chiringuito está favoreciendo la erosión y la desaparición del entorno que tanto nos gusta disfrutar y respetar a los torreños. 

Es un perjuicio para todos los visitantes y vecinos de la Torre de la Horadada, que desde siempre han abogado por cuidar nuestra valiosa playa de los Jesuitas y por mantenerla en las mejores condiciones.

Además de los incumplimientos ambientales, este chiringuito incumple los pliegos de prescripciones técnicas en varios puntos. A continuación se remiten varios ejemplos: 

  • Párrafo 1: “La ocupación total (chiringuito más pérgola) será de un máximo de 70 m2, previa autorización concedida por el Servicio Provincial de Costas.": Tras las mediciones, se ha constatado que existe una ocupación total de 120 metros cuadrados.
  • Párrafo 2: “No se podrán realizar instalaciones auxiliares en la parte trasera del chiringuito ni fuera de los 20+50 metros cuadrados autorizados”: Se ha realizado una instalacción auxiliar en la parte trasera del chiringuito donde se manipulan alimentos y realizan paellas. Se esta realizando almacenamiento exterior de acopios y depósitos de residuos de la explotación mencionada en la citada instalación auxiliar, lo cual también incumple los pliegos. 
  • No se construirán obras de fábrica alguna para la fijación al terreno; no se dispondrán de elementos no desmontables que impliquen dejar sobre la costa restos de la instalación: Como se puede comprobar en el emplazamiento, previo a la instalación de la tarima de madera, se vertió sobre el terreno una losa de hormigón de aproximadamente 30 centímetros de profundidad con ladrillo.
  • Los establecimientos expendedores de comidas y bebidas, tendrán una ocupación máxima de 70 metros cuadrados, de los cuales, 20, como máximo, podrán destinarse a instalación cerrada y se colocarán con una separación mínima de 100 metros de cualquier otra instalación fija o desmontable: El emplazamiento actual conlleva molestias para los vecinos colindantes por el humo generado por la chimenea de cocina y el ruido provocado entre otros. Se está incumpliendo la separación minima de 100 metros a otras instalaciones fijas o desmontables, como son por ejemplo, las instalaciones desmontables de salvamento, que se encuentran a menos de 100 metros, bloqueandose las salidas en caso de emergencia por caminones de suministro del chiringuito.

Queremos que el anteproyecto de ley recoja una serie de inspecciones para que estos incumplimientos de la normativa, entre otros, no sean posibles y no queden impunes. 

Queremos que se realicen revisiones minuciosas y en el caso de no cumplirse la normativa que se sancione y se cierre el establecimiento expendedor de comidas y bebidas, finalizandose, por tanto, la adjudicación. Queremos la ley tenga en cuenta los intereses de los cuidadanos que viven cerca de estos establecimientos y no permita que estos puedan estar a escasos metros de casas o infraestructuras críticas sociales o medioambientales y que se lleven a zonas donde, el tan necesario ocio, no perjudique a los ciudadanos.

Rogamos se realicen más inspecciones de este tipo de estructuras que estén recogidas dentro de esta ley y que no se permita que estos establecimientos de playa parezcan un bar/discoteca en lugar de un establecimiento expendedor de comidas y bebidas de costa. 

MAS DE 4.000 FIRMAS NOS AVALAN.