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La protección de la costa ha de empezar en las alcantarillas y las veredas

Isab_fermart Isab_fermart  •  29/03/2024  •  Sense comentaris
Captura El mar comienza aquí.JPG
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Codi de la iniciativa: GVA Participa-2024-03-367

La protección de la costa ha de incluir el control de los vertidos y de los residuos que degradan gran parte de la costa, haciendo cumplir el deber que todos tenemos de conservar el medio ambiente.

Se han de recordar las obligaciones que impone a la administración autonómica el artículo 17º.2 del Estatuto de la Comunidad Valenciana. "Toda persona tiene derecho a gozar de una vida y un medio ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. La Generalitat protegerá el medio ambiente, la diversidad biológica, los procesos ecológicos y otras áreas de especial importancia ecológica."   

Según el artículo 149.1.23º de la Constitucion y 50º.6 del Estatuto de Autonomía, en el marco de la legislación básica del Estado, corresponde a La Generalitat el desarrollo legislativo y la ejecución en materia de protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de La Generalitat para establecer normas adicionales de protección. Por lo tanto, de conformidad con la Constitución y el Estatuto, la comunidad autónoma tiene competencia para aumentar la protección medioambiental en el ámbito costero, no para reducirla, y es precisamente en el ámbito de la protección del medio ambiente donde la Ley valenciana de ordenación y protección de la costa que se propone tendría un mayor margen para innovar.  Si como dice la propuesta, la Comunidad Valenciana "vive con y para el mar" lo último que quieren los ciudadanos es un mar y una costa hormigonada, contaminada, y degradada. 

Se propone que se establezcan normas para la protección del dominio público marítimo terrestre en toda el área de influencia de costas incluidas las principales carreteras de acceso a la costa, mediante medidas efectivas para reducir al máximo el uso innecesario de plásticos y envoltorios, prohibir si es necesario de la introducción de artículos de usar y tirar, incluidos los envases plásticos de los cajetines de tabaco, especialmente en áreas naturales, campings, establecimientos hosteleros y establecer sanciones significativas al abandono de plásticos, colillas, y todo tipo de residuos fuera de los lugares específicamente habilitados, residuos que acaban en las veredas de caminos y carreteras, en los barrancos y finalmente transportados por el viento o el agua en el mar.   Las playas y se han de mantener limpias por los usuarios de manera manual, para evitar la pérdida de arena, la limpieza pública municipal habría de ser solo de revisión; todo ello depende de la responsabilidad de los usuarios, y es en cumplimiento directo del deber de conservar el medio ambiente que nos impone la constitución...   Lo mismo ha de extenderse a las zonas de baño y práctica de deportes náuticos...   

Si como resulta de las participaciones de particulares y asociaciones, se quiere poder trabajar, hacer negocios, veranear, hacer deporte y disfrutar del paisaje en la costa y en el mar,  las empresas y ciudadanos también nos tenemos que responsabilizar y cumplir nuestro deber de conservar un medio ambiente adecuado.   

Literalmente el artículo 45 de la Constitución española establece:  Artículo 45. 1. Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo."